Planificación

1) FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece en su Párrafo 4º sobre “Organización Interna”, art Nº15, 17 y 21, las siguientes características y funciones, de la Secretaría Comunal de Planificación:

Art. 15. Las funciones y atribuciones de las municipalidades serán ejercidas por el alcalde y el concejo en los términos que esta ley señala.

“Para los efectos anteriores las municipalidades dispondrán de una Secretaría Municipal, de una Secretaría Comunal de Planificación y de otras unidades encargadas del cumplimiento de funciones encargadas de prestación de servicios y de administración interna, (…).

Art. 17. En las comunas cuya población sea igual o inferior a cien mil habitantes, la organización interna de sus municipalidades incluirá la Secretaría Comunal y todas o alguna de las unidades encargadas de las funciones genéricas señaladas en el artículo 15, según las necesidades y características de la comuna respectiva. Asimismo, podrán incluir una Secretaría Comunal de Planificación (…).

Art. 21 La Secretaría Comunal de Planificación desempeñará funciones de asesoría del alcalde y del concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de las competencias de ambos órganos municipales.

En tal carácter, le corresponderán las siguientes funciones:

a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.

b) Asesorar al alcalde en la elaboración de proyectos de plan comunal de desarrollo y de presupuesto municipal.

c) Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones, y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente.

d) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.

e) Elaborar las bases generales y específicas según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.

f) Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.

g) Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.

Adscrito a esta unidad existirá el Asesor Urbanista, quien requerirá estar en posesión de un título universitario de una carrera de, a lo menos, diez semestres, correspondiéndole las siguientes funciones:

a) Asesorar al alcalde y al concejo en la promoción del desarrollo urbano.

b) Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación.

c) Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.

SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN:

Director: Gerardo Sánchez Gallardo

Horario de atención a público:
De Lunes a Viernes en horario de oficina.
(Se recomienda solicitar atención con dos días de anticipación)

Fono: 8108377

2 ÁREAS RELACIONADAS

2.1 ÁREA DE PROYECTOS
Encargada del área: María Antonieta Parra Suazo.

El área de proyectos es la entidad técnica responsable de formular proyectos de inversión en función del diagnostico de los déficits y problemas comunales. Para su postulación a las diferentes fuentes de financiamiento (Municipales, FNDR, PMU, MINVU, Mineduc, entre otras), se elaboran los proyectos de acuerdo a las diferentes metodologías correspondientes, en las etapas de perfil, factibilidad, pre-diseño y anteproyecto.


2.2 ÁREA DE DESARROLLO URBANO:

Encargada del Área: Jimena Thayer Vial.

Funciones principales:

- Estudia y elabora el Plan Regulador Comunal y sus modificaciones o seccionales, así como informa al respecto a quienes lo solicitan.

- El Plan Regulador es el instrumento de Planificación con el que se ordena el uso del suelo de las actividades que se desarrollan en el territorio comunal.

- Se encuentra en este Departamento la Asesora Urbanista quien Asesora al alcalde en la promoción del Desarrollo Urbano Comunal.

- Informa y coordina con el municipio sobre las propuestas de la planificación urbana intercomunal realizadas por la Secretaria Ministerial de Vivienda y Urbanismo u otros Ministerios.

- Se relaciona con el Departamento de Proyectos para el Desarrollo y Coordinación de los proyectos comunales.

- Estudia Elabora y Actualiza el Plan de Desarrollo Comunal, PLADECO, el cual es la guía del Desarrollo Comunal e informa sobre dicho documento a quienes lo solicitan.

- Genera Estudios y diagnósticos, insumos necesarios para las modificaciones del Plan Regulador Comunal.

2.3 ÁREA DE INFORMACIÓN COMUNAL

Encargada del área: Teresa Morales Segovia.

Funciones principales:

1.- Desarrollo y Generación de Información utilizando el Sistema de Información Geográfico SIG.

- Desarrollo y Construcción de Planos Georeferenciados, más precisos con Coordenadas Geográficas, dichos planos tienen enlazada información. Es decir se puede ver en un predio ( o vivienda) por ejemplo: Su dirección, propietario, rol, destino etc.

- Se puede detectar por ejemplo los déficit de áreas verdes.

- Medición de superficies y dibujo de áreas determinadas, lo cual es solicitado para realizar los diagnósticos y la postulación de proyectos, entre otras utilizaciones.

- Realización de Informes con planimetría adjunta para Instituciones u Organismos, de acuerdo a lo que señala la Ley, en el caso de las Fiscalías.

- Utilizando programa SIG, se realizan estudios de las actividades e información comunal, ej. patentes e Industrias, futuras áreas verdes etc. que son insumos para la realización de las modificaciones y planificación del Desarrollo Urbano.

2.- Desarrollo y entrega de información, estadísticas y bases de datos comunales: Información del Censo, del SINIM (Sistema Nacional de Indicadores Municipales), datos Comunales, especialmente datos estadísticos: población, vivienda, edad, información por Unidad Vecinal, límites comunales, Poblaciones o villas existentes, Habitantes por Villa o Población,. Nombres oficiales de Calles y sus nombres antiguos, localización de direcciones determinadas entre otra información. Son algunas de las consultas hechas hasta ahora.

- Ordenamiento y planimetría de Registros y catastros referidos a distintas tópicos Instituciones, Organizaciones o Entidades Comunales, como: Grifos, áreas verdes, sumideros, Patentes, Industrias etc.

- Recopilación, coordinación, Desarrollo y entrega de información comunal anualmente a Instituciones y entidades como SINIM, MIDEPLAN, entre otros.

- Normalización y estudio de información comunal:

Generación de: Listado oficial de calles, Nombre actual y código correspondiente
Maestro de calles: Nombres Oficiales, código, nombre antiguo, Unidad Vecinal, altura, Población o Villa al que pertenecen, nombre antiguo de la Villa o Población.

Costo y Forma de Adquisición:

- Copia de Planos Reguladores y planos en general (existentes) en papel o CD,

Costo:
- Copia de Plano en papel escala 1: 5.000 o en CD es : $ 8722 o 0,27 UTM.
- Copia de Plano en papel escala 1:10.000 es : $10000 o 0,099UTM.

- Documentos o estudios existentes:

Costo:
- Impresión por hoja : $ 55 o 0,0017UTM.
- Fotocopia : $ 40 Público en general
: $ 30 Estudiantes y dirigentes sociales

- Procedimiento para su adquisición:
Se solicita en el segundo piso edificio consistorial, Av Santa. Rosa 2606, Departamento de Comunicaciones, donde entregan vale para cancelar en cajas. Si es plano en CD, lo copian, si es en papel internamente Comunicaciones lo solicita a SECPLAN.
Documentos los imprimen o fotocopian, si no lo tienen comunican a SECPLAN para coordinar su entrega si existe como tal.

- Su Solicitud:
En el caso de Instituciones Organismos o Estudiantes en práctica con cartas de respaldo: La información debe ser solicitada formalmente a las autoridades: Oficio o carta al Alcalde, quien decide la pertinencia de su realización y/o entrega. En casos excepcionales, sólo en el caso de consultas de datos o alguna información estadística existente e-mail al Director de SECPLAN.

2.4 ÁREA DE ILUMINACIÓN:

Encargado del área: José Enrique Palma

A esta unidad, le compete en forma exclusiva las directrices y orientaciones de definiciones que apuntan a mejoras de Alumbrado Público en la comuna.

Funciones principales:

- Atender las demandas de la comunidad y constatar en terreno la factibilidad de las mismas.

- Elaborar presupuestos de los requerimientos para apoyar postulaciones a fondos externos provenientes del Gobierno Central.

- Ser ITO ante contrato vigente de mantención de la totalidad del Alumbrado Público Local, por lo cuál, se hacen necesarias permanentes visitas a terreno, tanto en inspecciones diurnas como la fiscalización de la empresa contratista que ejecuta estos trabajos

- Mantener actualizada una base de datos, con las incorporaciones de cambios de localizaciones de puntos luminosos, tipo de material y potencia de las ampolletas, la cual sirve para fijar nuevas necesidades y avalar los proyectos presentados.

- Realizar un seguimiento y control a facturaciones de consumo de Alumbrado Público.
Estas tarifas están en BT-1 y BT-2 y sus controles y auditorias llevadas a partir del 2004, han permitido tener un control efectivo de los gastos y estimar las variaciones por alzas de las últimas modificaciones reguladoras del sistema.

2.5 ÁREA DE VIALIDAD E INFRAESTRUCTURA

Encargado del área: Washington Díaz Villavicencio.

A la Unidad de Pavimentación de la SECPLAN, le corresponde proponer y ejecutar materias relacionadas con la Vialidad urbana en la Comuna, de acuerdo al Plan Regulador Comunal y las Normas generales sobre construcción y urbanización vigentes.

Asimismo procurar mantener en óptimas condiciones la infraestructura vial existente, elaborando y ejecutando los Proyectos que correspondan; formulando postulaciones a instancias Gubernamentales.

2.6 ÁREA DE LICITACIONES PÚBLICAS

Encargada del área: Yazna Albarran

La ley Nº18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su art 21, letra h), indica lo siguiente:
A la Secretaría Comunal de Planificación le corresponde “Elaborar las bases generales y específicas según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo”.